Se adjunta BOA publicado hoy lunes 4 de enero por el que se regresa al nivel 3 agravado de alerta sanitaria en el que entra la comunidad de Aragón a partir de las 00 horas del día 5 y se disponen las siguientes modulaciones en materia deportiva:
Artículo tercero. Modulaciones específicas en relación con gimnasios. Queda autorizada la apertura y actividad deportiva habitual en espacios cerrados de los gimnasios, equipamientos deportivos o instalaciones cubiertas análogas con las siguientes modulaciones:
a) El porcentaje de ocupación máxima permitida, establecido en
la letra q) del apartado
primero del artículo 32 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre,
queda fijado en el 30 por
ciento del aforo.
b) El uso de la mascarilla será obligatorio y se respetará en
todo momento la distancia de
seguridad entre personas usuarias.
c) Se permitirá el uso de vestuarios con una ocupación del
treinta por ciento de su aforo
máximo.
d) Estará permitida también la utilización de duchas siempre
que su uso sea individual.
e) Los vestuarios deberán ventilarse de manera continua
durante su uso y, además, antes
de su apertura y después de su cierre. Si la ventilación es
mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y
evitar la recirculación del aire.
f) Los grupos para la realización de actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados tendrán una participación máxima de seis personas, excluyendo al monitor.
Además la actividad deberá iniciarse con anterioridad a las 20 horas, aunque concluya después. Cierre de todos los servicios no esenciales (actividad fisico deportiva) a las 20.00 horas.
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